CASO 2:
Supongamos que un trabajador comienza su relación laboral con una empresa el 20/07/2002. Y extingue el contrato con dicha empresa el 08/09/2011, alegando incumplimeinto contractual grave por parte de esta.
El Juzgado de lo social emite sentencia a favor del trabajador el 19/12/2011.
Sabiendo que el sueldo del trabajador es de 36.500€ al año, ¿qué indemnización cobraría el trabajdor?, y si tiene derecho a ello, ¿ cuánto cobraría de salarios de tramitación?
Solución:
Del enunciado del ejemplo extraemos que no es un despido, sino que es una extinción de contrato por incumplimiento grave de este, y que ha sido ratificado por el juzgado. Por lo tanto, se aplican las mismas normas que en un despido improcendete.
La indemnización será de 45 días x año trabajado, prorrateándose por meses los tiempos inferiores a un año.
Del 20/07/2002 al 08/09/2011 van 9 años, 45 días x 9 años = 405 días
y prorrateados 2 meses: 12 meses -----------45 días
2 meses ------------x
x= 7'5 días (sería lo que computan los 2 meses que sobrepasan los 9 años.)
En total los días a indemnizar son 405 + 7'5 = 412'5 días
El valor monetario por día es de: 36.500 € año / 365 días = 100 €/día
Por lo tanto, la indemnización será de 41.250 €, Y no hay derecho a salario de tramitación.
CASO 3:
Supongamos que queremos calcular el salario de tramitación de un caso en el que se despide al trabajador el 08/09/2011 y el juez dicta que es un despido improcedente el 19/12/2011.
Y sabemos que el sueldo del trabajador era de 36.500 € al año.
Solución:
Calculamos el número de días de salario de tramitación.
Pasan 3 meses completos y 11 días desde que se produce el despido hasta que da una resolución el juzgado.
Del 08/09/2011 al 08/10/2011 van 30 días,
del 08/10/2011 al 08/11/2011 van 31 días,
del 08/11/2011 al 08/12/2011 van 30 días, +
y del 08/12/2011 al 19/12/2011 van 11 días.
102 días de salario de tramitación.
El valor monetario por día es de: 36.500 € año / 365 días = 100 €/día
Por lo tanto, el salario de tramitación será de 10.200 €.
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